AUTOGESTIÓN Y APOYO MUTUO

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SI NOS TOCAN A UNO NOS TOCAN A TODOS

jueves, 27 de noviembre de 2014

CGT DENUNCIA EL CONVENIO


 
 
GABINETE DE PRENSA CONFEDERAL DE CGT

 

CGT informa de que ha cumplido con el trámite administrativo y legal que establece el propio convenio, conforme al cual se debe presentar denuncia dentro de los tres últimos meses de su término o prorroga en curso, con las formalidades que previene el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores y por quienes estén legitimados para negociar un nuevo convenio colectivo, exigencia en la que concurre el sindicato CGT.

 

CGT, como sindicato legitimado para negociar el convenio, ha dado traslado de la denuncia a la patronal ACCE, (Asociación de Contact Center Española), al Ministerio de Empleo y a los sindicatos CCOO y UGT, que son las organizaciones firmantes del convenio colectivo vigente.

 

La Confederación General del Trabajo lleva meses trabajando en la elaboración de su propuesta mediante una plataforma reivindicativa ajustada a la necesidades de un sector que agrupa a más de 80.000 trabajadores en todo el Estado español.

 

El Contact Center o Telemarketing ha aumentado año tras año su facturación y sus beneficios, siendo uno de los pocos sectores a los cuales la crisis económica no ha perjudicado, por lo que CGT entiende que esta situación debería reflejarse en unas condiciones económicas y laborales mucho más dignas.

 

CGT apuesta en el nuevo convenio, por acabar con la precariedad laboral que existe en el sector del Telemarketing. Dicha precariedad se expresa no solo en ínfimos salarios, sino en los redactados de convenios anteriores que contienen cláusulas que facilitan aún más los despidos de lo que lo hace el Estatuto de los Trabajadores. La alta temporalidad del sector, así como la proliferación de las jornadas parciales, son otros de los principales problemas que existen, y para los que CGT opina que es imprescindible buscar soluciones.

 

El sindicato CGT recuerda, que el nuevo convenio de Contact Center es una oportunidad para que los trabajadores recuperen el poder adquisitivo que llevan perdiendo desde el año 2010.

 

Desde CGT se pretende agilizar la negociación proponiendo un calendario de reuniones intenso que evite la dilatación del proceso negociador, por lo que la ultraactividad no debe ser un elemento de presión para ninguna de las partes. CGT considera que las condiciones laborales no pueden negociarse a espaldas de los trabajadores, por lo que se compromete a informar de todo este proceso con detalle, permitiendo que los trabajadores sepan de primera mano lo que sucede en la mesa de negociación.

 

Para evitar dilaciones, CGT ha propuesto a las partes una primera reunión el próximo 28 de noviembre en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) en Madrid, donde se debería constituir la mesa negociadora y fijar un calendario de reuniones.

miércoles, 26 de noviembre de 2014

CONFESIONES DE UN TRABAJADOR:





Hace tiempo,  cuando cursaba la EGB (si es que ya uno es un viejo) tenía un profesor con malas pulgas pero mucho conocimiento que nos decía continuamente: “Estudien para que se hagan mujeres y hombres de provecho, para que nadie se ría de vosotros, para que diseñéis vuestro propio futuro sin complejos ni temor a que nadie os vaya a pisotear por simplemente ser unos iletrados (si alguien no entiende esta palabra que le pregunte a cualquier delegado, estaremos encantados en desentrañar los misterios de la semántica) porque los que más estén preparados son lo que conseguirán los mejores puestos- continuaba diciendo el profesor-  ya que ningún empresario se arriesgaría a contratar a nadie que no este preparado, ni aunque fuese familiar suyo…”
Os imagináis por un momento que este difunto profesor se levantase  de su tumba y apareciese en la plataforma de la Gran K, en donde los familiares de los que cobran más que nosotros por hacer menos (me niego a llamar jefe a unas personas que ni siquiera saben hablar con propiedad sin sacar la lengua de las posaderas de sus superiores más inmediatos, ya que carecen de pensamiento crítico, más bien de pensamiento propio) ocupan los mejores puestos, con mejores retribuciones por hacer mucho menos o nada y sin presión de los lam…, coordinadores: ahora, eso sí, pueden hacer lo que les venga en ganas con los trabajadores como si fuesen ellos mismos los titulares de los puestos estructurales.
Por ende, los tratos de favor a estas personas son incuestionables, en forma de descansos, ritmo de trabajo, falta de presión que sí soportamos el resto de trabajadores, trabajadores que en muchos casos tienen una antigüedad superior a 10 años, a los cuales se les ningunea y desprecia, sin contar que estos últimos podrían ser un importante recurso para la empresa, ya que la dilatada experiencia junto con haber pasado por este infierno durante tanto tiempo, les da el aplomo necesario para enfrentarse ante cualquier vicisitud que apareciese. Su único defecto, el de estos trabajadores, es que no son parientes de los illuminatis con corbata     
 
PD: Ahí os la dejamos botando para que rematéis a placer
  

KONECTA HAPPY


 

Desconocemos el tiempo que lleva colgado en la intranet de Konecta un video denominado “Konecta dancing to the world” o “Konecta Happy”. Nosotros lo hemos descubierto ahora y hubiéramos preferido no verlo. En este video se puede ver parte de la ejecutiva, personal de RRHH, coordinadores, supervisores, responsables de campañas, etc  bailando la famosa canción “happy” de Pharrell Williams. Desconocemos el motivo de la fiesta pero alguno debe haber, ya que bailan hasta la conga haciendo alarde de lo felices y alegres que son. Muchas escenas están grabadas en los aledaños de los edificios de Konecta, incluso algunas en las propias campañas y despachos de los centros, no sabemos si lo hicieron durante su descanso, en sus pvds o fuera de su jornada laboral, pero seguro que no fue durante el  tiempo de trabajo efectivo, todos sabemos que Konecta esas cosas las llevas al milímetro. Que se lo digan a los agentes sancionados por  exceder el tiempo que ellos estiman para ir al aseo (o tal vez hagan excepciones).  En cualquier caso no entendemos tal exaltación de la felicidad, en una empresa en la que los despidos son semanales, las sanciones diarias, numerosas las quejas que recibimos por abusos de poder por parte de algunos coordinadores (coordinadores que salen en el video bailando happys happys), otras quejas por falta de buenos modales (algunos maleducados también salen) y situaciones más graves con las que apetece todo menos gritar a los 4 vientos lo felices que somos. No queremos influir en vuestras opiniones sobre el video, lo mejor será que lo veáis (posiblemente no lo podáis escuchar, pero os aseguramos que lo mejor son las imágenes) y lo valoréis. Sobre nuestra opinión, nos parece vergonzoso.

24 y 31 DE DICIEMBRE


 

Compañeros/as los días 24 y 31 de Diciembre son laborables, cada uno en su horario y turno. En cuanto a los distintos planteamientos de distintas campañas, decir que : EL QUE NADA PIDE NADA DEBE, es decir, el trabajador debe acudir a su puesto en su horario y turno habitual, si la empresa  o el cliente, decide hacer otro horario o suspender el servicio en esos días, no estamos obligados a “recuperar” ni por anticipado, ni en ningún otro momento.

Respecto a estos dos días, indicar, que aunque son laborables, sin embargo a partir de las 20h tienen la consideración de festivos especiales, así está establecido en el art. 47 del Convenio que regula nuestro sector, se complementarán con los recargos de festivos especiales.

" Recordad el colectivo AGM, que al tratarse de un festivo no tiene por que quedarse a partir de las 20:00, Si tus coordinadores o supervisores, te dicen que te tienes que quedar, que sea por escrito, y si te sancionan por irte, la sección sindical de CGT tomará las medidas oportunas".

Marchas por la dignidad



 
 
El 29 de Noviembre, CGT, la Sección de CGT en Konecta Bto, junto a las Marchas de la Dignidad, volveremos a ocupar las calles para reivindicar el CAMBIO SOCIAL, porque sabemos con certeza que LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO posible y os invitamos a que participéis con nosotros.

Faltan colegios públicos, faltan centros sociales, faltan hospitales y centros primarios de salud, han privatizado las limpiezas, el transporte, el agua, la energía, la vivienda….

Las personas dependientes (la tercera edad, la infancia y las personas con discapacidades) han sido abandonadas y se retiran las prestaciones sociales (cotizaciones) a más de 150.000 personas.

Más del 52% de los jóvenes (890.000) no trabajan ni reciben ninguna renta, por ello no tienen posibilidad alguna de consumir, salvo consumirse en la desesperación o emigrar.

Autopistas privatizadas, los aeropuertos sin aviones….

La especulación con el suelo, con las hipotecas, con las preferentes, con los fondos buitres….

Empleos precarios, convenios basura….

MARCHAS DE LA DIGNIDAD: PAN, TRABAJO, TECHO, LIBERTAD.

UNIFIQUEMOS LAS LUCHAS PARA CAMBIAR EL SISTEMA

LAS VACACIONES SON DE MUTUO ACUERDO, NO UNA IMPOSICIÓN


 

Parece que especialmente en algunas campañas de nuestra empresa Konecta BTO, (Autoclub Mutua o Bankia, por poner algunos ejemplos) las personas encargadas de atender las peticiones de vacaciones que realizamos l@s trabajador@s, son patrimonio exclusivo de ellas. Debe ser que algunas personas tienen verdadera afición por organizar nuestra vida personal y familiar así como organizarte el período vacacional como unos verdaderos profesionales del sector del turismo.

Como parece que esta tendencia, lejos de erradicarse, parece que se está convirtiendo en algo que va en aumento, desde CGT queremos haceros las siguientes precisiones:

Las vacaciones son de común acuerdo entre la empresa y el trabajador, así lo dice la ley y así tiene que ser (art. 27 del convenio colectivo de contact center y art. 38 del Estatuto de los Trabajadores).

2º La empresa no puede acudir continuamente a las necesidades del servicio y a la organización ya que entonces, siempre podrían denegártelas cuando tu las quieras y asignártelas unilateralmente.

3º Las vacaciones tienen que ser publicadas al menos, con dos meses de antelación con el fin de que l@s trabajador@s puedan conocer con el tiempo suficiente su período de disfrute. Esto es tan simple como que no pueden llegar y decirte que mañana comienzan tus vacaciones (lo pueden hacer pero que se atengan a las consecuencias).

4º Las vacaciones son denunciables ante los juzgados de lo social con la ventaja de ser un procedimiento muy rápido. No requiere conciliación previa y por tratarse de un derecho consagrado dentro de la ley, se resuelven en uno o dos meses como mucho.

5º En caso de que os den la orden, la tenéis que cumplir. Lo más probable es que en cuanto el asunto llegue a los juzgados aparte de los días de vacaciones impuestos por la empresa, vas a disfrutar de un número igual de días a tu libre elección dentro de las opciones que hayas puesto y siempre y cuando no haya pasado la fecha. Si hubiesen pasado todos los períodos solicitados, bien porque el juez obligue a la empresa o bien porque la empresa quiera conciliarlo a la puerta del juzgado (y con el fin de no llevarse una buena bronca si se celebrase el juicio) tendrías un período nuevo a tu elección.

Para cualquier consulta que queráis realizar sobre este tema, dirigíos a cualquier delegad@.

miércoles, 20 de agosto de 2014

VACACIONES Y EXCEDENCIAS, DERECHOS DEL TRABAJADOR




En esta época del año, en Konecta BTO, aumentan los problemas en cuanto a la concesión de vacaciones y excedenciasOs recordamos que las vacaciones son un DERECHO del trabajador, tienen que ser de común acuerdo entre empresa y trabajador que según nuestro Convenio Colectivo recoge;Las vacaciones son de 32 días naturales. Se podrán dividir en periodos de 7 días continuados.Debiéndose disfrutar en periodo estival, preferentemente, al menos 14 días continuados...(que pueden ser más). Podrán disfrutarse, cuatro días sueltos bien de forma separada o conjuntamente, cualquier día laborable del año.

Tus vacaciones no pueden comenzar en festivo. Debemos conocer el período de disfrute, al menos con dos meses de antelación, léase art .38 del Estatuto de los trabajadores y 27 cc.ccExcedencias; las que con mayor frecuencia se solicitan, son las excedencias por cuidado de familiares.La excedencia, por cuidado de mayor de 65 años, incluye a los parientes por consaguinidad o afinidad hasta segundo grado También se puede solicitar la excedencia especial, es decir, de un mes como máximo.No hay un plazo concreto, para solicitarla.

La excedencia especial, art. 30, puede solicitarla cualquier trabajador que lleve un año en Konecta, desde un día hasta los 30 que marca el Convenio Colectivo.

Hay otras excedencias, menos solicitadas que también están reguladas en el Convenio Colectivo.En la excedencia, la empresa no cotiza por el trabajador, pero si éste lo desea, puede cotizar ese período, puede acudir a cualquier Tesorería de la Seguridad Social y allí se le informa al trabajador la cantidad que tendría que abonar.

UNIDAD EDITORIAL.




Los Delegados de Prevención de esta Sección Sindical, reiteramos como en boletines anteriores, que uno de los factores de riesgo mas importante y grave para la salud es el estrés.En el entorno laboral viene provocado por las condiciones del trabajo en sí, o por la presión que ejercen los superiores

La campaña Unidad Editorial, es otro ejemplo más. Otra circunstancia que agrava la situación son los nuevos soportes informáticos, que según nos indican; ni Konecta ni Unidad Editorial tienen una idea clara sobre cómo funcionan estos soportes, o como se debe codificar, dado que la formación que les han dado ha sido tan escueta como para que los agentes llegado el momento de trabajar con el nuevo soporte, no sepan como utilizarlo y muestren serios problemas para codificar,

Se detecta que existe un grave problema de coordinación entre empresas, que debería de estar más que solventado, antes de poner a prueba las nuevas “chapuzas informáticas”.

Otro de los problemas añadidos en esta campaña por no decir en la mayoría, es la falta de agentes. Imaginamos cual va a ser la situación futura en esta campaña durante este verano, teniendo que dar vacaciones a todos los agentes , con lo que conlleva una carga excesiva de trabajo para los compañeros que en ese momento no estén . La solución pasaría por realizar nuevas contrataciones, y dar la formación adecuada, no nos engañemos, es algo que sabemos que no se va a hacer, compañeros, hablamos de KONECTA......

RECORDATORIO A LOS TRABAJADORES DE OBRA Y SERVICIO CONTRATADOS DESDE EL 18/06/2010



Os recordamos a tod@s l@s trabajador@s de la empresa que aquell@s que fuisteis contratados desde el 18/06/2010 y que hayáis cumplido cuatro años de vuestro contrato de obra y servicio, habéis adquirido la condición de indefinidos, independientemente de que la empresa os haya o no entregado el contrato de
conversión o comunicación correspondiente

¿POR QUÉ NO HAY QUE TENER MIEDO A DENUNCIAR?



El impugnar una amonestación, una sanción, un despido, una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, reclamar unas cantidades debidas, unas vacaciones concedidas unilateralmente o una movilidad geográfica, no tiene que suponer en ningún momento para los trabajadores pensar que están portándose mal con la empresa.

El impugnar una decisión empresarial que os afecte individualmente, es una acción contemplada en la ley y que debéis de ejercitar para defender tanto vuestros derechos frente a la empresa como para aseguraros que esa decisión tomada por la empresa no os vaya a afectar en un futuro.Sabemos que much@s trabajador@s, no ejercitan su derecho o a lo sumo llegan a conciliación, (que no vale de nada si la empresa no se presenta y no se sigue adelante) por pensar que la empresa va a solucionar las cosas por las buenas, ¡¡ pues nada más lejos de la realidad!! . La empresa lo que hará y os ponemos como ejemplo las sanciones, que están a la orden del día y en todas las campañas, será cuando te hayan puesto dos y llegue la tercera y esta sí la impugnes, será alegar ante el juez que por qué no se impugnaron las anteriores y sí esta con lo cual muy posiblemente, se lleve el trabajador todas las de ganar.

Por esa razón entre otras, desde CGT os animamos a tod@s a que desde el primer momento que os afecte directamente una decisión empresarial en vuestra contra la impugnéis, no va a pasar nada. Esto no lo dice ni CGT ni ningún sindicato, lo dice el Estatuto de los Trabajadores que es la norma mínima entre trabajador@s y empresari@s. Os transcribimos el art. 17.1 párrafo 2o para vuestra información:

Serán igualmente nulas las órdenes de discriminar y las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.

En cuanto al plazo para impugnar en la mayoría de los casos son 20 días hábiles, (sanciones, amonestaciones, despidos, movilidad geográfica, modificación sustancial) por lo que no cuentan ni sábados, ni domingos ni festivos al menos en lo que respecta a la Comunidad Autónoma de Madrid.

¡¡ OS ANIMAMOS A QUE EJERCITÉIS ESTAS ACCIONES, SON UN DERECHO Y NO 

PUEDE SER PISOTEADO!!

miércoles, 25 de junio de 2014

¿QUE SON LOS RIESGOS PSICOSOCIALES?

Los riesgos psicosociales se originan por diferentes aspectos de las condiciones y organización del trabajo. Cuando se producen tienen una incidencia en la salud de las personas a través de mecanismos psicológicos y fisiológicos. La existencia de riesgos psicosociales en el trabajo afectan, además de a la salud de los trabajadores, al desempeño del trabajo como tal. Las causas que originan los riesgos psicosociales son muchas y están mediadas por las percepciones, experiencias y personalidad del trabajador. Algunas de las más importantes pueden ser: - Características de la tarea (monotonía, repetitividad, excesiva o escasa responsabilidad, falta de desarrollo de aptitudes, ritmo excesivo de trabajo, etc). - Estructura de la organización (falta de definición o conflicto de competencias, comunicación e información escasa o distorsionada, pocas o conflictivas relaciones personales, estilo de mando autoritario, etc). - Características del empleo (mal diseño del puesto, malas condiciones ergonómicas, de seguridad o higiene, salario inadecuado, etc). - Organización del trabajo (trabajo a turnos, trabajo nocturno o en fines de semana, etc). Los efectos de la exposición que son a los riesgos psicosociales son diversos y se ven modulados por las características personales. Algunos de los efectos más documentados son: - Problemas y enfermedades cardiovasculares. - Depresión, ansiedad y otros trastornos de la salud mental, - El dolor de espalda y otros trastornos músculo esqueléticos, - Trastornos médicos de diverso tipo (respiratorios, gastrointestinales, etc). - Conductas sociales y relacionadas con la salud (hábito de fumar, consumo de drogas, sedentarismo, falta de participación social, etc). - Absentismo laboral. La evaluación de riesgos es un paso necesario para detectar, prevenir y/o corregir las posibles situaciones problemáticas relacionadas con los riesgos psicosociales. El ser humano no es una máquina de producir, y los trabajadores de Konecta no somos una excepción. Se trata normalmente de una evaluación multifactorial, que tiene en cuenta aspectos de la tarea, la organización del trabajo, el ambiente, el desempeño, etc. Uno de los ejes principales de la evaluación de riesgos psicosociales es la participación de los trabajadores en todo el proceso. De hecho, los métodos con una mayor validez científica en este ámbito se basan en realizar preguntas a los trabajadores sobre su percepción de diversas situaciones laborales que pueden ser causa de problemas de índole psicosocial. Los delegados del Comité de seguridad y salud de CGT, no dejamos de insistir en este tipo de temas pero habitualmente nos damos de bruces con la empresa que parece ser que no le interesa en absoluto. De hecho hace tiempo la empresa propuso hacer la evaluación de riesgos psicosociales utilizando el método ISTAS, un método en que la empresa y comité trabajan a partes iguales y ambos son conocedores a la vez de los resultados y las soluciones, pero debe ser que a la empresa finalmente no le interesó Y cambió el método a otro, según ellos, más efectivo, según nosotros totalmente opaco ya que a día de hoy nadie sabe los resultados.

Real Decreto 404

Otra vez, como en años anteriores al empresa por medio del departamento de Prevención de Riesgos laborales nos ha citado para que firmemos la petición al Real Decreto 404, pretenden que el comité de Seguridad y Salud confirme ante una entidad gubernamental, que todo lo referente a Prevención de Riesgos laborales esté acorde con la ley, con el fin de que la empresa reciba una subvención ministerial que ayude a engordar los beneficios que ya tiene a cuenta de los trabajos que realizamos los que aquí trabajamos. Pues bien, como ya les hemos dicho en años anteriores. Las cuestiones de Prevención de Riesgos no están resueltas, falta mucho que hacer y parece que no hay interés por parte de la dirección de la empresa de resolverlas. En la última reunión del comité de seguridad y salud hemos solicitado que este dinero se emplee en desfibriladores para los distintos centros de la empresa y la empresa nos ha trasladado que ese dinero no está destinado a ese fin, si especificar mas. La Prevención de Riesgos es lo primero, y mientras la empresa no entienda esta premisa, no estaremos dispuestos a participar en un asunto de tal relevancia para que reciban un dinero que no están dispuestos a destinar a este fin y del que no tengamos información veraz y transparente sobre el fin al que estará destinada esta aportación económica.

Nominas

Otro mes más seguimos con la misma incidencia informática de siempre, que raro!! En una empresa que recibe tantos premios y reconocimientos de calidad y excelencia…. Y sin embargo, son incapaces de facilitar a sus empleados las nóminas a primeros de mes. De nuevo la misma historia de siempre, muchos de nosotros necesitamos nuestras nóminas, por ejemplo para pagar los préstamos y créditos que nos vemos obligados a pedir (dada la miseria que nos pagan), o la necesitamos para terminar de tramitar el alquiler de una casa, pedir ayudas… ¡y la nomina qué no llega! Cuando nosotros tenemos una “INCIDENCIA INFORMÁTICA” con el ordenador o el teléfono etc., la empresa poco más que nos echa la culpa diciendo que si algo se rompe es porque nosotros lo rompemos, como no!!! la culpa es siempre de los trabajadores… pero cuando la “incidencia informática” es para pagar e informar cuanto ganamos… ¡todo son problemas!. ¿Cuántos de nosotros no habremos tenido problemas con las nóminas porque nos hayan pagado de menos, porque se les ha olvidado incluir misteriosamente los festivos, o se equivocan casualmente descontando de más por una baja? es la empresa la que normalmente se equivoca y tarda meses en solucionarlo, pocas veces se da el caso que nos pague de más y si ocurre se andan rápidos a la hora de cobrarse lo que han pagado de mas. Un motivo más para exigir que la empresa nos dé en tiempo y forma las nóminas a principios de mes. Si habéis sido víctimas de ese misterioso fantasma que estropea los ordenadores de Recursos Humanos cuando nos tienen que dar la nómina, o a veces se equivoca y paga de menos, por favor avisadnos.

MADRID CONSUMO

Hace meses que no hablábamos de la campaña de Madrid Consumo, pero este mes ya tocaba, además vuelve con fuerza. Principalmente las quejas venían dadas por los gritos: de los coordinadores hacia los agentes “agilizad las llamadas”, “tenemos llamadas en espera” o “fulanitooooo ven a mi mesa”. Pues bien, en la campaña han retomado el uso de los gritos pero, como no les ha parecido suficiente, han aumentado la presión hacia los trabajadores, con nuevas aplicaciones, programas y mas tareas. Con fecha 28 de mayo de 2014 había agentes utilizando 8 aplicaciones o programas de ordenador de los cuales 7 tienen cada uno su contraseña asignada a cada agente (contraseña diferente para cada aplicación), además si estos programas no se utilizan durante un breve espacio de tiempo hay que introducir usuario y contraseña cada vez que se necesite. Por si fuera poco, la mayoría de estas aplicaciones se han implantado recientemente y están dando muchos errores: entran varias llamadas a la vez, tarda en buscar la información necesaria o simplemente el agente no ha recibido una aclaración sobre el funcionamiento ya que, en algunos casos, les han facilitado las contraseñas y les han dicho “es muy intuitivo” y ale, apáñatelas. Utilizan hasta 3 cuentas de correo distintas durante la jornada. Reciben llamadas de 9 skills diferentes, según los coordis y mandos superiores no ven inconveniente ya que “es todo igual”, pero si fuera todo igual ¿no sería suficiente un único skill? Durante la llamada no se puede dejar al cliente mucho tiempo en espera o con música, cosa que es imposible en esta campaña ya que si el agente tiene alguna duda durante la llamada o debe consultar algo, es el agente quien debe “buscarse la vida”, ir en busca de coordinadores que en ocasiones están ocupados y hasta les sienta mal que les molestes, es famosa la frase de “NO ESTOY”, debe ser como el “NO DISPONIBLE” del coordinador. Además cuando esto ocurre todos los agentes que tienen dudas durante su llamada deben hacer cola en la mesa del coordinador que pueda atenderte, como en la frutería vamos… videntemente, argumentario no hay, debería haberlo pero esto es Konecta. Las compañeras y compañeros del servicio son informados de los cambios de operativa por comunicados que suelen dejar en su mesa, de otros cambios se suelen enterar durante las llamadas. Hay una especie de intranet para la campaña donde aparecen resumidos los procedimientos y comunicados pero a veces no está actualizada y sienta mal si algún agente comunica un error detectado en esta aplicación o hacen caso omiso. Y para acabar la llamada en el momento en el que le dicen al cliente “gracias por su llamada” deben haber finalizado todos los trámites relacionados con la llamada y dejar finalizada la clasificación o codificación. Como no es suficiente entre llamadas, gritos, emails, y aplicativos, si los agentes tienen tiempo para respirar, este tiempo deben emplearlo en revisar documentación, gestionar trípticos, enlotar, ensobrar, etc. Es intolerable que, con todo esto, por parte de algún coordinador, los agentes tengan que escuchar expresiones o afirmaciones, tales, como, porque no hacéis bien vuestro trabajo!!!! Desde esta sección sindical, se ha informado a la empresa de esta situación, y en la campaña saben del malestar de los agentes ¿tendrá que conocer también esta situación la Inspección de trabajo?

Horas complementarias

Konecta está haciendo nuevos contratos de jornada parcial de treinta horas, con la claúsula de horas complementarias, aquellas que teniendo un contrato de 30 horas podría realizar hasta un máximo de 39, y serían obligatorias al estar dentro del contrato. No se deben confundir con horas extras, y en lugar de ser retribuidas son compensadas por horas de libranza. Esta modalidad es también posible para cualquier tipo de contrato a tiempo parcial (temporal o indefinido) de jornada semanal mayor de 10 horas semanales. Ahora bien ¿Imagináis quien va a elegir esas horas de libranza, vosotros??? o dirán que depende de las necesidades del servicio? O sea, tu trabaja que las horas de libranza te las darán cuanto les de la gana. Para la realización de horas complementarias la campaña sólo tiene obligación de avisarte con 3 días de antelación, vamos….que si ya tenías algo planeado… como se suele decir… ya sabes lo que hay, ajo y agua!!!! Existe un límite de horas complementarias a realizar del 30% sobre las horas ordinarias, no serían obligatorias si el contrato o el preaviso no cumple todos los requisitos (pacto individual y firmado, indicando el nº de horas y con preaviso establecido) En caso de que no sean obligatorias por contrato, la empresa puede ofrecer al trabajador realizar un 15% de horas complementarias de aceptación voluntaria, que requieren la conformidad del trabajador. En caso de horas complementarias de aceptación voluntaria: En contratos a tiempo parcial de carácter indefinido el empresario podrá, en cualquier momento, ofrecer al trabajador la realización de horas complementarias de aceptación voluntaria, cuyo número no podrá superar el 15%, ampliables al 30% por convenio colectivo, de las horas ordinarias objeto del contrato. Sean del tipo que sean las horas complementarias obligatorias y/o voluntarias, se deben respetar los límites de la jornada, EN LA QUE DEBEN RESPETARSE LAS 12 HORAS DE DESCANSO ENTRE JORNADA Y JORNADA Debe tenerse en cuenta que las horas complementarias implica un pacto específico respecto al contrato de trabajo. Por tanto se trata de un acuerdo entre empresa y trabajador.

Vacaciones

En algunas campañas el criterio para la concesión de las vacaciones es el de la “antigüedad” En la campaña Autoclub mutua, las vacaciones se asignan basándose en este criterio Recordad; El cc.cc , en su art. 27., indica que el período de disfrute de vacaciones se “fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador.” Todo trabajador que no esté de acuerdo con el criterio de vacaciones por antigüedad , ya que no es el establecido en nuestro convenio, debe denunciarlo, tiene que: DEFENDER SUS La empresa pide que cumplamos con nuestras obligaciones, y eso es lo que hacemos, que lo hagan ellos también!!! Tal y cómo cumplimos con nuestras obligaciones, debemos ejercer también nuestros Vacaciones, permisos, licencias… Desde esta sección sindical, os hemos estado asesorando sobre cómo tenéis que presentar la petición de vacaciones, os hemos animado a reclamarlas, a denunciarlas… No estamos de acuerdo con el criterio establecido por la campaña, no entendemos cómo algunos de vosotros lleváis hasta 8 años sin elegir el periodo de vacaciones ni su disfrute, tanto en el periodo estival, Semana Santa, o Navidad. Recientemente algunos trabajadores han denunciado esta injusticia. En el último caso la empresa no ha querido conciliar antes del juicio, y han entrado a Sala, ante la insistencia de la Jueza para conciliar, a la empresa no le quedó otra, que conceder una de las opciones que la trabajadora solicitó en el periodo estival. No sin antes echarle un buen rapapolvo a la abogada de la empresa , recordándola que la antigüedad es un criterio aplicado por la empresa,” tan injusto “ como si aplica el de los mas altos , o los que tienen los ojos más claros, y lo que debe primar es la conciliación de la vida familiar y laboral (algo que Konecta desconoce) La abogada en defensa de la empresa, dijo dentro del juzgado, ya en la Sala y delante del juez, que existía un acuerdo con el Comité de Empresa respecto al criterio de vacaciones por ¡¡¡¡MIENTEN!!!! UNA VEZ MÁS LA EMPRESA MIENTE, En reunión de Comité todas las secciones sindicales que componen el Comité de empresa manifestaron que NO TIENEN NINGÚN ACUERDO con la empresa sobre criterio de vacaciones.

miércoles, 28 de mayo de 2014

Campaña de cita previa de Hacienda, Konecta incumple, ¡Y el ministerio de Hacienda lo permite!


 
 
Konecta ha sido adjudicataria de la campaña de Cita Previa. En esta campaña de una duración máxima de 2 meses y con más de 400 agentes, se reciben llamadas continuamente, una detrás de otra, y cada llamada no puede exceder de 2 minutos. Ya se encarga el coordinador de que no exceda la llamada más de ese tiempo. Esto supone que los trabajadores que tienen una jornada de 5,00 h, gestionan un mínimo de 150 llamadas y sus respectivas citas. En una campaña tan dura y estresante, a los trabajadores no se les ha respetado las Pvds, tan sólo les permiten hacer un descanso de 15m. en jornadas de 5 h. ,lo que significa que les dan descanso de 10 min y una sola pausa visual Artículo 54.- Pausas en PVD. Además de los descansos señalados en el artículo 25 de este Convenio, y sin que sean acumulativas a los mismos, y también con la consideración de tiempo efectivo de trabajo, el personal de operaciones que desarrolle su actividad en pantallas de visualización de datos, tendrá una pausa de cinco minutos por cada hora de trabajo efectivo. Dichas pausas no serán acumulativas entre sí. Corresponderá al empresario la distribución y forma de llevar a cabo dichas pausas, organizándolas de modo lógico y racional en función de las necesidades del servicio, sin que tales pausas puedan demorar, ni adelantar su inicio más de 15 minutos respecto a cuando cumplan Una vez más, esta sección sindical ha estado informando a los trabajadores sobre sus derechos y ha exigido a la empresa que se cumpla la ley y lo que marca el cc cc en el art. 54. Por si fuera poco, tampoco se respetan los descansos que marca el convenio en su art. 24, es decir:  

Artículo 24.- Descansos. Cuando la jornada diaria tenga una duración continuada, o cualquiera de los tramos si es jornada partida, de entre cuatro o más horas e inferior a seis horas, existirá un descanso de diez minutos, considerados como tiempo de trabajo efectivo; de la misma forma, si la jornada diaria de duración continuada, o cualquiera de los tramos si es jornada partida, fuera entre seis y ocho horas, dicho descanso será de veinte minutos considerados como tiempo de trabajo efectivo. Si, finalmente, la jornada diaria tuviera una duración continuada, o cualquiera de los tramos si es jornada partida, superior a ocho horas, el descanso será de treinta minutos considerados así corresponderá al empresario la distribución, y forma de llevar a cabo los descansos establecidas anteriormente, organizándolos de modo lógico y racional en función de las necesidades del servicio, sin que los descansos puedan establecerse antes de haber transcurrido dos horas desde el inicio de la jornada, ni después de que falten noventa o menos minutos para la conclusión de la misma.


Como veis a Konecta sólo le falta el látigo, ¿¿o no???

El derecho de los trabajadores a la asistencia legal de sus representantes cuando lo soliciten


 

Ya sois muchos los compañeros que nos habéis trasladado que la empresa os niega el derecho a la representación sindical. Debéis saber, que la asistencia de un delegado sindical, SI LO SOLICITAIS ES UN DERECHO QUE NO OS PUEDEN NEGAR. Hay más que argumentos legales que lo justifican en razón del trabajador: La Constitución Española en el art. 28 donde se establece el derecho a sindicarse, La LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical o el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 4. 1 y 2.

¿Hasta cuando Konecta va a seguir incumpliendo el ET?, ¿vulnerando la LOLS y hasta la propia Constitución Española y los derechos de los trabajadores? Queremos recordaros que todo trabajador tiene derecho a solicitar la asistencia de un delegado sindical en todo momento.

Que no os digan que no es necesario, que no hace falta, que solo quieren tener una reunión con vosotros meramente informativa, etc. Hasta que no te reúne tu superior, no sabes a que te estás enfrentando, puede ser una sanción, un despido, pueden hacerte un interrogatorio sobre los motivos de tu IT… y así la empresa consigue presionaros a solas.

Recordad que siempre que pidáis que algún delegado sindical os acompañe cuando os citen los responsables de las campañas, no pueden negároslo. La empresa se vale de eso para que no estéis asesorados, para que no conozcáis vuestros derechos.

No os pueden argumentar que no estamos en ese momento disponibles, ya que, concretamente en la sección sindical de CGT en Konecta BTO Madrid tenemos 7 delegados en turno de mañana, 2 en turno partido, 4 en turno de tarde y 1 en turno de noche. RRHH tiene nuestros teléfonos y muchas campañas también.

Por tanto si os llaman y queréis que estemos presentes, no entréis a ninguna reunión hasta que acudamos los delegados sindicales. La obligación de avisar es por parte de la empresa, no del trabajador. Si os dicen en algún momento que no pueden contactar con Relaciones Laborales o con RRHH porque en ese horario no se encuentra nadie ¡¡no pongáis objeción!!

Les facilitáis amablemente nuestros teléfonos y que sean los responsables de la campaña en las que estéis quienes nos busquen y se preocupen de localizarnos que ya que presumen de ser la voz de la empresa, también les va en el sueldo, el cargo, la responsabilidad y lo que dicen que son sus funciones.

Nos gustaría ver si son tan valientes cuando a ell@s les toque el despido, ya que a coordinadores y supervisores, también los despiden de vez en cuando, como en los casos de Vodafone o más recientemente Banesto. La sanción no, porque parece que tienen bula papal LOS DERECHOS SE TOMAN, NO SE PIDEN SE EJERCEN, NO SE MENDIGAN

Etress laboral


 
 
Como sabéis uno de los riesgos mas importantes y graves para la salud es el estrés. En el entorno laboral suele venir provocado por las condiciones del trabajo en sí o por la presión que Este tipo de riesgo laboral está siendo objeto de estudio en profundidad y dándole la mayor difusión posible a través de circulares y directivas desde la Comunidad Europea, a sabiendas de que origina uno de los más altos índices de absentismo laboral, por no decir el que mas. Actualmente una de las causas que pueden producir estrés se encuentra dentro de nuestro sector, el tiempo entre llamadas. Debemos saber que este tiempo en el peor de los casos, NUNCA debe ser inferior de 23 a 35 segundos entre los que se corta la llamada y entra la siguiente. Tenemos resoluciones de la Inspección de Trabajo que así lo avalan y aunque elconvenio marque que será de aplicación en puestos de remarcación automática, los jueces y los técnicos de Prevención de riesgos Laborales de los ORGANISMOS DEL ESTADO contemplan este riesgo psicosocial tanto en llamadas entrantes como en llamadas salientes, automáticas O NO por considerar que el riesgo es el mismo. Tiempo insuficiente para que los teleoperadores recuperemos la operatividad en el trabajo y seamos capaces de diferenciar Algo parecido a lo que ocurre con el multiskill ( tan alabado en este tipo de Empresas y sus empresaurios) osea , teleoperadores conectados a varias campañas o varios departamentos dentro de la misma campaña y que a veces te vuelve bastante loco intentando saber que quiere el cliente y a que número ha llamado ( hay campañas en las que los agentes tienen o han tenido conexión en 18 skill´s) ya que los protocolos y los argumentarios (si es que los hay) son totalmente diferentes y hasta de diferentes empresas sin saber cual les toca atender a continuación y la carga de estrés que esto conlleva.

 

SI EN VUESTRAS CAMPAÑAS NO SE CUMPLEN ESTAS CONDICIONES POR FAVOR COMUNICARNOSLO CUANTO ANTES EN LA SALA SINDICAL DE CGT O TRAVES DE DE E-MAIL O POR TELEFONO, NOSOTROS DAREMOS DEBIDA CUENTA A LA INSPECCION DE TRABAJO DE ESTAS INCIDENCIAS.

Colectivo AGM en Konecta BTO


 

Los trabajadores que pertenecen al colectivo de AGM como resultado de la fusión entre AGM y KONECTA que se produjo con fecha 31/07/2007, arrastran varias condiciones laborales. Entre ellas, éste colectivo tiene los festivos fuera de cómputo anual, es decir, que los trabajadores NO ESTÁN OBLIGADOS a trabajar los días festivos, distinto es que la campaña solicite voluntarios y algún trabajador que pertenezca a ese colectivo desee trabajarlo. En la campaña de JAZZTEL, han dimensionado a este colectivo en sus cuadrantes para trabajar el día 15/05/2014 si o si. Esta sección sindical ya informó a la empresa de esta irregularidad, solicitando dar marcha atrás a este abuso, la empresa se ratificó, dando el visto bueno a los cuadrantes, y no hizo ninguna modificación.


Esto es una ILEGALIDAD. Es una modificación de las condiciones de trabajo.

Desde esta sección sindical vamos a poner este atropello a los derechos de este colectivo en conocimiento de la Inspección de Trabajo. Los trabajadores afectados también deberíais hacerlo. Y para los demás trabajadores a los que en algún momento les pueda ocurrir, poneros en contacto con nosotros para poder asesoraros. ¡¡¡¡KONECTA está tratando de eliminar unilateralmente todos los acuerdos, que tanto esfuerzo, lucha y trabajo costó conseguirlos!!!!

Despidos ejemplarizantes



 

En anteriores comunicados os informábamos sobre el despido de una compañera en la campaña de Autoclub que paso mas de 4 meses en Seguimiento durante toda su jornada. El pasado 03/04/2014, se celebró el juicio por este despido, la empresa apareció en el juzgado, ofreciendo a la trabajadora, una cantidad económica ridícula (bajo nuestro punto de vista), que por supuesto la trabajadora no aceptó y decidió entrar a juicio. El abogado que representaba a la empresa, afirmó que el motivo de no pagar a la trabajadora la cantidad que le correspondía por despido improcedente, era para “EJEMPLARIZAR”.

 

¿Cómo puede hablar Konecta de ejemplarizar?, ¿es esta la manera de intentar incentivar a los Ejemplarizar debería ser, tratar a los trabajadores justamente.No pedimos que sean cordiales, ni que nos den palmadas por nuestro trabajo… de momento con que cumplan lo que marca la ley vamos bien.

 

Una vez más, el Juez ha dado la razón al trabajador, reconociéndole la improcedencia del despido , obligando a la empresa a abonar 45 días por año trabajado hasta la entrada en vigor de la reforma laboral, y 33 días hasta ahora. A los pocos días, en concreto el 14 de abril, otra sentencia a favor de un compañero que no ha sido recurrida y con 45 días y 33 como debe ser.

 

Por último queremos informaros que con la cantidad de despidos disciplinarios que se están produciendo, no debéis de quedaros quietos, debéis ir a plantear la papeleta de conciliación y solicitar ayuda si la necesitáis.

L@s delegad@s de la sección sindical de CGT de Konecta BTO os atenderemos en todo lo que podamos, como es nuestro deber para con cualquiera de vosotr@s.          
       
 

lunes, 5 de mayo de 2014

ESPECIAL RIESGOS LABORALES EN KONECTA

LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ANTE LOS RIESGOS LABORALES





“Es el empresario el que debe adoptar las medidas necesarias para que el lugar de trabajo no origine riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo. Del empresario depende que tu lugar de trabajo esté en perfecto orden, limpieza y mantenimiento. Por lo tanto, debe cumplir señalizaciones de peligro o protección, correcta iluminación, servicios higiénicos, zona de descanso, material y sala de primeros auxilios”.


 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD




Como ya conocéis nuestra labor como delegados sindicales, queremos indicaros que además actualmente somos 5 delegados de CGT los que formamos parte del Comité de Seguridad y Salud (CS y S). La labor de dicho comité es velar por la seguridad y salud en el trabajo.


 PAUSAS VISUALES, PVD




Queremos recordaros que debido al tipo de trabajo que desarrollamos en Konecta, tenemos derecho a descansar 5 minutos por cada hora de trabajo, las Pvds. (pantallas de visualización de datos). Ni que decir tiene que las necesidades fisiológicas no están incluidas en las pausas de 5 minutos, saldremos al lavabo las
veces que sean necesarias, y no van asociadas al descanso visual.


 SIMULACRO DE INCENDIOS






Os comentamos también que el CS y S ha elaborado un calendario de simulacros. Los delegados de prevención acudimos y lo tratamos con el mayor sigilo, para que todo salga bien y se obtengan datos reales, pero comprobamos que en las distintas campañas, aparte de los encargados del plan de emergencias, o per-
sonal seleccionado que debe saber de la existencia de ese simulacro, hay mas personal que conoce el simulacro, ya que los encargados no guardan el debido sigilo; de hecho, nos encontramos con que muchos de ellos tienen los chalecos preparados en el respaldo de la silla. En algunas campañas se selecciona a un número de trabajadores para que se queden en su puesto atendiendo llamadas

¡Inconcebible! Los delegados de prevención hemos elaborado un informe ne-
gativo, ya que no se dan los datos reales… si ocurriera algún incidente grave y

por supuesto esperemos que no ¡Imaginad lo que podría ocurrir!


 TEMPERATURAS





También sabemos que en las instalaciones de Konecta, “edificios inteligentes” las temperaturas no están ade-
cuadas a las necesidades de los trabajadores, o mucho frío o excesivo calor. En algunos centros hemos pedido

mediciones de temperatura y velocidad del aire. También hemos solicitado que se instalen pantallas de meta-
crilato para que se expanda el chorro de aire y no dé directamente encima de nosotros. Así podremos evitar

contracturas, afonías, y un sinfín de problemas de salud. Por supuesto, seguimos trabajando en ello.



 SALUD E HIGIENE






Sabemos de vuestras quejas por el polvo, ácaros, arañas, etc. Desde CGT hemos trasladado en nume-
rosas ocasiones a la empresa esta situación. La respuesta siempre es dinero: cuesta mucho cambiar la moqueta por un suelo de otro material que sea más fácil de limpiar y no acumule polvo, aunque así se evitarían muchos problemas (alergias, insectos). Constantemente solicitamos a la empresa que aumente la frecuencia de limpieza de la moqueta y que ésta sea pormenorizada. Por favor, si detectáis falta de limpieza, polvo, teclados sucios, cascos (pedid alcohol para limpiar cascos y teclado) CONTÁDNOSLO.



 HERRAMIENTAS DE TRABAJO


No es nuestra obligación, si no la del empresario, facilitar el material de uso diario. Los cascos en algunas campañas son de uso pro- pio, (deben de ser las campañas más guays), pero en el resto son de uso compartido, por lo tanto deben tener almohadillas propias para cada traba- jad@r para evitar contagios. Tu teclado tiene que estar limpio y con las le- tras visibles. Las sillas ergonómicas y ¡¡¡LIMPIAS!!!!! Reposapiés: que no te vendan la moto, que tienes que estar embarazada o con problemas de es- palada, o que necesitas justificante del médico para que te faciliten un repo- sapiés. Es de obligado cumplimiento, solicitadlo a vuestros coordinadores o supervisores. En cuanto a las pantallas de tubo de ordenador, los delega- dos de prevención de esta sección sindical interpusimos una denuncia ante la Inspección de Trabajo. La resolución de la Inspección nos dio la razón, obligando a la empresa a instalar pantallas planas para evitar en la medida de lo posible la fatiga



1 de mayo, día internacional del trabajo, video de CGT


martes, 25 de febrero de 2014

AGRAVIO COMPARATIVO DE LA EMPRESA A LOS COMPAÑEROS DE RETENCIÓN DE TARJETAS DE BANESTO




Los compañeros de retención de tarjetas de Banesto, ya integrados dentro de la Unidad de Retención de Tarjetas del Santander, vienen sufriendo desde octubre un importante agravio comparativo, por cuanto si en retención de tarjetas de Santander, incluso a las nuevas incorporaciones, se reconoce la categoría de gestor, a los trabajadores que vienen de Banesto no se les ha reconocido todavía dicha categoría en la nómima, percibiendo un salario significativamente inferior al resto de sus compañeros, cuando actualmente, después de la fusión de ambas entidades, los trabajadores anteriormente adscritos a retención tarjetas Banesto, hacen exactamente el mismo trabajo que los demás compañeros del  mismo departamento al cual ahora pertenecen, retención tarjetas Santander.

En diferentes ocasiones este sindicato ha informado a la empresa de esta situación de precariedad laboral, desde la estructura, coordinadores, supervisores, jefe de servicio, hasta directamente la propia empresa a través de Jaime Castel, reiterándole nuestra preocupación por el agravio comparativo hacia este colectivo, y nuestra intención de que no se prolongue.


CGT no va a permitir que esta situación se perpetúe, y en caso que la empresa no les reconozca la categoría de gestor, CGT estudiará la posibilidad de elevar la petición a todas las instancias necesarias hasta que se consiga el reconocimiento pleno de sus derechos.

Despidos por amortización en Konecta BTO





El pasado año a modo de" prueba piloto", Konecta empezó a aplicar despidos por lo que ellos argumentaron como causas objetivas  por amortización del puesto de trabajo .

En concreto en alguna de las cartas de despido que entregó la empresa; indica; con  fecha de hoy:  D/dña ,.......   la empresa Konecta ha decidido finalizar la relación laboral que nos unía a usted por causas objetivas y especifica entre las mismas : "que las funciones que usted estaba desempeñando, van a ser realizadas por una MAQUINA".


Pues a fecha de hoy, los trabajadores han llevado a la empresa a juicio, para que Konecta argumente la verdad. Esa verdad es que  la empresa sólo busca el despido barato.
En el primer juicio por este motivo a la empresa no le ha quedado otra que conciliar en la puerta del juzgado y "pagar" ya que, no estaban dispuestos a la readmisión y es más, amenazaron con pedir la suspensión del juicio puesto que la denuncia puesta por la sección sindical de CGT por este motivo ( UGT también puso una por su parte ) ante la Inspección de Trabajo ha hecho que el inspector eleve un informe positivo para los denunciantes pidiendo para Konecta una " INFRACCIÓN MUY GRAVE " con multa entre 25.000 y 187.501 €. El abogado de la empresa argumentó que esta resolución no es definitiva y que iban a recurrirla por lo que el expediente no está cerrado.

Al final y tras una llamada, suponemos que a la empresa para solicitar instrucciones , decidieron darle la indemnización completa sin recurrir a las técnicas del mercadeo que Konecta no tiene tan acostumbrados cuando llegan a la puerta del juzgado

¡¡ Todavía faltan más juicios por este motivo, los disciplinarios, concatenaciones de contratos y multitud de sanciones impustas sin ton ni son !!

¡¡ Ya está bien de despidos baratos y suspensiones de empleo y sueldo !!

Si en algún momento alguno de vosotros tuviera que pasar por este trance, sabéis que desde esta sección sindical os podemos asesorar. Podéis consultarnos siempre que querais y sabed que hay que denunciar estas situaciones , en las que el único perjudicado es el trabajador y el empresario el que se enriquece



Seccion Sindical CGT en Konecta BTO Madrid

EL CLIENTE.........A SU CASA





Compañeros de KONECTA, os queremos recordar para quien trabajamos independientemente de que estés adscrito a la campaña Autoclub, Santander ….....tú jefe es de la empresa Konecta, , es quien debe dirigirse a ti en todo momento , darte órdenes directas, informarte de operativas, darte escuchas ,valoraciones,informarte de tus turnos, dimensionamientos, permisos retribuidos,art 28 cc cc, vacaciones ( mutuo acuerdo, art. 27, cc cc.), excedencias ( derecho del trabajador, art....30 y 31 cc cc) reducciones de jornada , art 32 cc cc, FELICITARTE (ya nos gustaría).etc....

¡¡ En ningún caso el CLIENTE, puede realizar estas acciones!!. 
Solo tienes que ver tú nómina y verás quien es tu pagador. Si pone Konecta, ya sabes de quien tienes que acatar las órdenes, y a quien dirigirte.

Si en algún momento el cliente que esta de” OCUPA, “se extralimita en sus funciones y se atribuye el cargo del superior de Konecta, estaríamos ante un posible caso de cesión ilegal de trabajadores. 

Incluso nos han llegado testimonios de compañeros que han sido víctimas de reprimendas por parte del cliente, ¡¡HASTA AQUÍ PODÍAMOS LLEGAR!!
Bastante tenemos ya con algunos mandos ….....

RECUERDA:
“TU PAGADOR ES KONECTA Y SI NO, QUE PAGUE EL CLIENTE PERO CON SUELDOS A LA ALTURA DEL CLIENTE”

viernes, 10 de enero de 2014

COMUNICADO DE CGT CONTRA LA REFORMA DE LA LEY DEL ABORTO

EN DEFENSA DEL DERECHO  A DECIDIR DE LA MUJER
SOBRE SU CUERPO Y SU MATERNIDAD

POR LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO



            La reforma de la ley del aborto del ministro de justicia Gallardón elimina el derecho logrado por las mujeres a abortar en la sanidad pública en las primeras 14 semanas y hará, a niveles prácticos, imposible abortar en España.
En la situación de crisis económica actual, especialmente entre las mujeres, la nueva ley provocará abortos clandestinos, por tanto, se incrementará el riesgo de muertes de mujeres.

            El viernes 20 de diciembre de 2013,  el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la reforma de la ley del aborto propuesta por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, obedeciendo los dictámenes de la Conferencia Episcopal de la Iglesia católica y aboliendo el derecho de las mujeres a decidir sobre la interrupción de su embarazo.

            Tras el proceso de informes y debate Parlamentario, la Ley entrará en vigor en el plazo de un año. Desde la CGT, continuaremos luchando codo con codo con plataformas feministas,  movimientos, colectivos, asambleas de mujeres... para que este atentado reaccionario que supone esta reforma no llegue a perpetrarse, seguiremos luchando contra este abuso de poder, contra esta  dictadura parlamentaria, contra esta sumisión de la sociedad civil a una trasnochada iglesia y un gobierno retrógrado.

            El nombre de esta nueva ley no es gratuito. La Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, como su nombre indica antepone los derechos del feto a los de la mujer y representa el mayor atentado contra la dignidad de las mujeres, contra su lucha por la igualdad, de los últimos treinta años, al negarles su capacidad de decidir.

            ¿Qué novedades presenta esta reforma de la ley del aborto?

            La primera es ideológica. La interrupción del embarazo deja de ser un derecho de la mujer en las primeras 14 semanas, como sucedía con la ley anterior de 2010 y vuelve a ser un delito, un delito que se despenaliza en sólo dos supuestos y con mayores restricciones para acogerse a ellos.

            Los dos únicos supuestos son: violación (alegable en las primeras 12 semanas) y “grave peligro para la vida o la salud física o psíquica” de la mujer (alegable en las primeras 22 semanas).  Este peligro será dictaminado por especialistas en medicina pero con restricciones mayores que las contempladas en la Ley de Supuestos de 1985 y con un burocratizado proceso.

            Por el contrario, la presencia de malformaciones fetales gravísimas o enfermedades del feto no serán motivo legal de aborto, aunque sí lo será el efecto psicológico que eso tenga en la embarazada. ¿Quién dictaminará este efecto psicológico? Este supuesto de efecto psicológico se podrá alegar pero con un procedimiento más exigente, más complicado y más largo que el actual.

            Para acreditar el grave efecto psicológico sobre la mujer, se precisará un informe de dos médicos (antes era uno) y ajenos a la clínica en la que tendría lugar el aborto, no pudiendo ser quienes vayan a practicarlo (como en la ley actual)  ni trabajen en el mismo centro hospitalario (esta es la novedad).  

            Se amplía el plazo de reflexión de tres a siete días para que la mujer sea informada sobre el aborto y sus consecuencias y decida abortar. 

            Se vuelve a que las menores de edad con 16-17 años precisen el permiso de su familia para poder abortar. En caso de discrepancia, será un juzgado, en un plazo de 15 días, quien determine a  quién da la razón.

            Si antes el derecho a la objeción de conciencia era sólo para el o la médico que iba a practicar el aborto, con esta reforma, la objeción de conciencia se generaliza y amplia a todas y todos  los posibles profesionales sanitarios que participen, colaboren o cuyo trabajo sea preciso para realizar un aborto, como el personal administrativo, celador, auxiliar, personal de quirófano.

            El aborto fuera de los supuestos legales, es un delito pero a quien se castiga será al profesional médico y no a la mujer (hasta tres años de cárcel y hasta seis de inhabilitación, como ahora) ya que nuestro heroico caballero, paternalista y machista ministro Gallardón, como garante protector de la débil mujer; considera a la mujer como menor de edad, considera a la mujer como  una víctima del aborto


            Finalmente, esta concepción de la ley del aborto, hace innecesarios, acaba, con todas las medidas y políticas sociales como la educación sexual y afectiva, el fomento del acceso a los métodos anticonceptivos, los programas de planificación familiar, de formación para la juventud.

            Desde CGT consideramos que sin respeto a los derechos de la mujer, se genera una violencia institucional que se generaliza entre toda la sociedad y desplaza a la mujer a una situación de inferioridad, sumisión y desigualdad que perpetuarán el patriarcado y la violencia machista.

ABORTAR ES UN DERECHO, NO UNA OBLIGACIÓN
NOSOTRAS PARIMOS, NOSOTRAS DECIDIMOS
POR EL ABORTO LIBRE Y GRATUITO


Secretaria de la Mujer.

Secretariado Permanente. Comité Confederal de CGT