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miércoles, 20 de agosto de 2014

VACACIONES Y EXCEDENCIAS, DERECHOS DEL TRABAJADOR




En esta época del año, en Konecta BTO, aumentan los problemas en cuanto a la concesión de vacaciones y excedenciasOs recordamos que las vacaciones son un DERECHO del trabajador, tienen que ser de común acuerdo entre empresa y trabajador que según nuestro Convenio Colectivo recoge;Las vacaciones son de 32 días naturales. Se podrán dividir en periodos de 7 días continuados.Debiéndose disfrutar en periodo estival, preferentemente, al menos 14 días continuados...(que pueden ser más). Podrán disfrutarse, cuatro días sueltos bien de forma separada o conjuntamente, cualquier día laborable del año.

Tus vacaciones no pueden comenzar en festivo. Debemos conocer el período de disfrute, al menos con dos meses de antelación, léase art .38 del Estatuto de los trabajadores y 27 cc.ccExcedencias; las que con mayor frecuencia se solicitan, son las excedencias por cuidado de familiares.La excedencia, por cuidado de mayor de 65 años, incluye a los parientes por consaguinidad o afinidad hasta segundo grado También se puede solicitar la excedencia especial, es decir, de un mes como máximo.No hay un plazo concreto, para solicitarla.

La excedencia especial, art. 30, puede solicitarla cualquier trabajador que lleve un año en Konecta, desde un día hasta los 30 que marca el Convenio Colectivo.

Hay otras excedencias, menos solicitadas que también están reguladas en el Convenio Colectivo.En la excedencia, la empresa no cotiza por el trabajador, pero si éste lo desea, puede cotizar ese período, puede acudir a cualquier Tesorería de la Seguridad Social y allí se le informa al trabajador la cantidad que tendría que abonar.

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