Lo de esta campaña verdaderamente es inadmisible.
Trabajador que atendiendo llamadas pone el mute o silencio, para poder toser,
beber agua o cualquier necesidad, mientras espera que el interlocutor (en este
caso un colaborador, ni tan siquiera un socio o cliente), le están grabando la
llamada y… SE LE SANCIONA!!
¿¿MOTIVO?? Que la persona que realiza la escucha
“cree oír una palabra malsonante”. La grabación se lleva a los juzgados por
parte de la empresa. La grabación no es nítida, clara, no se entiende ninguna
palabra que denote trato vejatorio, como alegaba la campaña Autoclub en la sanción
que le impuso al trabajador. No existe ninguna reclamación por parte del
colaborar e interlocutor, ya que estaba pulsado el mute.
Esta sección cuenta con una gran asesoría jurídica y
pudo demostrar ante el juez que la grabación estaba cortada y pegada, algo
totalmente INMORAL bajo nuestro punto de vista.
El juez hizo caso omiso de la grabación, se tuvo en
cuenta la prueba testifical por parte de un delegado de esta sección sindical y
la sentencia fallo a favor del compañero denunciante.
La sanción consistía en 15 días de suspensión de
empleo y sueldo: casi 600€!! Al trabajador le han tenido que abonar la cantidad
integra y eso si “los 15 días los pasó en su casita”.
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