AUTOGESTIÓN Y APOYO MUTUO

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SI NOS TOCAN A UNO NOS TOCAN A TODOS

martes, 25 de febrero de 2014

Despidos por amortización en Konecta BTO





El pasado año a modo de" prueba piloto", Konecta empezó a aplicar despidos por lo que ellos argumentaron como causas objetivas  por amortización del puesto de trabajo .

En concreto en alguna de las cartas de despido que entregó la empresa; indica; con  fecha de hoy:  D/dña ,.......   la empresa Konecta ha decidido finalizar la relación laboral que nos unía a usted por causas objetivas y especifica entre las mismas : "que las funciones que usted estaba desempeñando, van a ser realizadas por una MAQUINA".


Pues a fecha de hoy, los trabajadores han llevado a la empresa a juicio, para que Konecta argumente la verdad. Esa verdad es que  la empresa sólo busca el despido barato.
En el primer juicio por este motivo a la empresa no le ha quedado otra que conciliar en la puerta del juzgado y "pagar" ya que, no estaban dispuestos a la readmisión y es más, amenazaron con pedir la suspensión del juicio puesto que la denuncia puesta por la sección sindical de CGT por este motivo ( UGT también puso una por su parte ) ante la Inspección de Trabajo ha hecho que el inspector eleve un informe positivo para los denunciantes pidiendo para Konecta una " INFRACCIÓN MUY GRAVE " con multa entre 25.000 y 187.501 €. El abogado de la empresa argumentó que esta resolución no es definitiva y que iban a recurrirla por lo que el expediente no está cerrado.

Al final y tras una llamada, suponemos que a la empresa para solicitar instrucciones , decidieron darle la indemnización completa sin recurrir a las técnicas del mercadeo que Konecta no tiene tan acostumbrados cuando llegan a la puerta del juzgado

¡¡ Todavía faltan más juicios por este motivo, los disciplinarios, concatenaciones de contratos y multitud de sanciones impustas sin ton ni son !!

¡¡ Ya está bien de despidos baratos y suspensiones de empleo y sueldo !!

Si en algún momento alguno de vosotros tuviera que pasar por este trance, sabéis que desde esta sección sindical os podemos asesorar. Podéis consultarnos siempre que querais y sabed que hay que denunciar estas situaciones , en las que el único perjudicado es el trabajador y el empresario el que se enriquece



Seccion Sindical CGT en Konecta BTO Madrid

EL CLIENTE.........A SU CASA





Compañeros de KONECTA, os queremos recordar para quien trabajamos independientemente de que estés adscrito a la campaña Autoclub, Santander ….....tú jefe es de la empresa Konecta, , es quien debe dirigirse a ti en todo momento , darte órdenes directas, informarte de operativas, darte escuchas ,valoraciones,informarte de tus turnos, dimensionamientos, permisos retribuidos,art 28 cc cc, vacaciones ( mutuo acuerdo, art. 27, cc cc.), excedencias ( derecho del trabajador, art....30 y 31 cc cc) reducciones de jornada , art 32 cc cc, FELICITARTE (ya nos gustaría).etc....

¡¡ En ningún caso el CLIENTE, puede realizar estas acciones!!. 
Solo tienes que ver tú nómina y verás quien es tu pagador. Si pone Konecta, ya sabes de quien tienes que acatar las órdenes, y a quien dirigirte.

Si en algún momento el cliente que esta de” OCUPA, “se extralimita en sus funciones y se atribuye el cargo del superior de Konecta, estaríamos ante un posible caso de cesión ilegal de trabajadores. 

Incluso nos han llegado testimonios de compañeros que han sido víctimas de reprimendas por parte del cliente, ¡¡HASTA AQUÍ PODÍAMOS LLEGAR!!
Bastante tenemos ya con algunos mandos ….....

RECUERDA:
“TU PAGADOR ES KONECTA Y SI NO, QUE PAGUE EL CLIENTE PERO CON SUELDOS A LA ALTURA DEL CLIENTE”

viernes, 10 de enero de 2014

COMUNICADO DE CGT CONTRA LA REFORMA DE LA LEY DEL ABORTO

EN DEFENSA DEL DERECHO  A DECIDIR DE LA MUJER
SOBRE SU CUERPO Y SU MATERNIDAD

POR LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO



            La reforma de la ley del aborto del ministro de justicia Gallardón elimina el derecho logrado por las mujeres a abortar en la sanidad pública en las primeras 14 semanas y hará, a niveles prácticos, imposible abortar en España.
En la situación de crisis económica actual, especialmente entre las mujeres, la nueva ley provocará abortos clandestinos, por tanto, se incrementará el riesgo de muertes de mujeres.

            El viernes 20 de diciembre de 2013,  el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la reforma de la ley del aborto propuesta por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, obedeciendo los dictámenes de la Conferencia Episcopal de la Iglesia católica y aboliendo el derecho de las mujeres a decidir sobre la interrupción de su embarazo.

            Tras el proceso de informes y debate Parlamentario, la Ley entrará en vigor en el plazo de un año. Desde la CGT, continuaremos luchando codo con codo con plataformas feministas,  movimientos, colectivos, asambleas de mujeres... para que este atentado reaccionario que supone esta reforma no llegue a perpetrarse, seguiremos luchando contra este abuso de poder, contra esta  dictadura parlamentaria, contra esta sumisión de la sociedad civil a una trasnochada iglesia y un gobierno retrógrado.

            El nombre de esta nueva ley no es gratuito. La Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, como su nombre indica antepone los derechos del feto a los de la mujer y representa el mayor atentado contra la dignidad de las mujeres, contra su lucha por la igualdad, de los últimos treinta años, al negarles su capacidad de decidir.

            ¿Qué novedades presenta esta reforma de la ley del aborto?

            La primera es ideológica. La interrupción del embarazo deja de ser un derecho de la mujer en las primeras 14 semanas, como sucedía con la ley anterior de 2010 y vuelve a ser un delito, un delito que se despenaliza en sólo dos supuestos y con mayores restricciones para acogerse a ellos.

            Los dos únicos supuestos son: violación (alegable en las primeras 12 semanas) y “grave peligro para la vida o la salud física o psíquica” de la mujer (alegable en las primeras 22 semanas).  Este peligro será dictaminado por especialistas en medicina pero con restricciones mayores que las contempladas en la Ley de Supuestos de 1985 y con un burocratizado proceso.

            Por el contrario, la presencia de malformaciones fetales gravísimas o enfermedades del feto no serán motivo legal de aborto, aunque sí lo será el efecto psicológico que eso tenga en la embarazada. ¿Quién dictaminará este efecto psicológico? Este supuesto de efecto psicológico se podrá alegar pero con un procedimiento más exigente, más complicado y más largo que el actual.

            Para acreditar el grave efecto psicológico sobre la mujer, se precisará un informe de dos médicos (antes era uno) y ajenos a la clínica en la que tendría lugar el aborto, no pudiendo ser quienes vayan a practicarlo (como en la ley actual)  ni trabajen en el mismo centro hospitalario (esta es la novedad).  

            Se amplía el plazo de reflexión de tres a siete días para que la mujer sea informada sobre el aborto y sus consecuencias y decida abortar. 

            Se vuelve a que las menores de edad con 16-17 años precisen el permiso de su familia para poder abortar. En caso de discrepancia, será un juzgado, en un plazo de 15 días, quien determine a  quién da la razón.

            Si antes el derecho a la objeción de conciencia era sólo para el o la médico que iba a practicar el aborto, con esta reforma, la objeción de conciencia se generaliza y amplia a todas y todos  los posibles profesionales sanitarios que participen, colaboren o cuyo trabajo sea preciso para realizar un aborto, como el personal administrativo, celador, auxiliar, personal de quirófano.

            El aborto fuera de los supuestos legales, es un delito pero a quien se castiga será al profesional médico y no a la mujer (hasta tres años de cárcel y hasta seis de inhabilitación, como ahora) ya que nuestro heroico caballero, paternalista y machista ministro Gallardón, como garante protector de la débil mujer; considera a la mujer como menor de edad, considera a la mujer como  una víctima del aborto


            Finalmente, esta concepción de la ley del aborto, hace innecesarios, acaba, con todas las medidas y políticas sociales como la educación sexual y afectiva, el fomento del acceso a los métodos anticonceptivos, los programas de planificación familiar, de formación para la juventud.

            Desde CGT consideramos que sin respeto a los derechos de la mujer, se genera una violencia institucional que se generaliza entre toda la sociedad y desplaza a la mujer a una situación de inferioridad, sumisión y desigualdad que perpetuarán el patriarcado y la violencia machista.

ABORTAR ES UN DERECHO, NO UNA OBLIGACIÓN
NOSOTRAS PARIMOS, NOSOTRAS DECIDIMOS
POR EL ABORTO LIBRE Y GRATUITO


Secretaria de la Mujer.

Secretariado Permanente. Comité Confederal de CGT 

lunes, 9 de diciembre de 2013

TU DERECHO A EXCEDENCIA


EXCEDENCIA POR CUIDADO DE MENOR DE TRES AÑOS. Excedencia por cuidado de menor de tres años. Se da el caso de una trabajadora que solicita dicha excedencia, cuando se incorpora a su puesto de trabajo, se encuentra con la situación siguiente, la Seguridad Social, le comunica, que ha sido dada de alta en la misma, dos días después, de la fecha de la finalización del período de excedencia.
 

La trabajadora solicita, sea rectificado el error,  la empresa, le indica que esos dos días se le van a retribuir, como variable en la nómina.

La trabajadora, solicita le sea comunicado por escrito la respuesta de la Seguridad Social, indicando por qué no se puede corregir dicho error, la empresa verbalmente le comunica que no puede.

 

EXCEDENCIA ESPECIAL. Cuando un trabajador solicita una excedencia especial para unir a un período de vacaciones, la empresa le obliga a incorporarse de modo inmediato, a su puesto de trabajo, por ejemplo trabajador que está dos semanas de excedencia especial según la empresa tendría que incorporarse al menos un día, para poder disfrutar dos semanas de vacaciones, independiente de donde se encuentre el trabajador/a.

En esta excedencia especial, no hay un número mínimo de días ( máximo 30 ) se produce el caso de un trabajadores que solicitando por ejemplo un período de tres, cuatro días de excedencia, si la incorporación coincide con su día o días de libranza, se le descuentan esos días  como si estuviera aún de excedencia.



TIEMPOS ENTRE LLAMADAS Y LLAMADAS


En los departamentos de telemarketing de recepción dellamadas, la saturación de llamadas, especialmente en los momentos puntas y en los días de más impacto, es una cuestión que puede ocasionar graves consecuencias para la salud. En los departamentos de Retención, tanto de seguros y de tarjetas, y en el departamento de Activación, todos los años la ambulancia tiene que hacer una visita a los trabajadores por culpa de la presión a la que se encuentran sometidos los trabajadores.


 

La sección sindical de CGT opina que sería absolutamente necesario la existencia de al menos 23/35 segundos entre llamada y llamada en todos los departamentos de telemarketing, desde recepción a emisión, automática o de cualquier otra índole, dado que es una forma con la empresa explota descaradamente a los trabajadores.

Si observáis que sufris vosotros o algún compañero algún tipo de dolencia médica por este motivo, por favor informad a la sección sindical de CGT para que podamos ayudaros, y si es necesario denunciar el incumplimiento por parte de la empresa delos tiempos entre llamadas

¡¡¡¡¡ DESFIBRILADOR Y TENSIOMETRO YA!!!!!



Después de la recogida de firmas que hizo CGT para la incorporación de desfibriladores, tensiómetros médico de empresa tensiómetros, o al menos aunque fuera solamente tensiómetros, en las diversas instalaciones de KONECTA BTO, en las últimas reuniones de los delegados de CGT del Comité de Seguridad y Salud con Elena Gaitón, responsable del Departamento de Prevención de la empresa, ha expresado que ha trasladado la petición a instancias superiores de la empresa, para la valoración de la viabilidad económica.

En cualquier caso Elena Gaitón ha expresado en reiteradas ocasiones sus reticencias, al igual que el propio director de Relaciones Laborales, Jaime Castel, señalando  dificultades técnicas, a lo que desde la sección sindical de CGT sospechamos que en realidad la empresa no hace más que darnos largas para dar olvidar el tema y que le demos carpetazo, a una cuestión de sensibilidad pública por cuanto un simple problema coronario que podría tener, de  atenderse debidamente a tiempo, hoy en día tiene fácil solución de disponerse de los recursos técnicos y médicos adecuados.

 Compañeros y Compañeras, la empresa está jugando con nuestra salud, por nuestra parte de la sección sindical de CGT pensamos que la existencia de desfibriladores, personal médico, o al menos aunque fuera sólo tensiómetros, deberían ser recursos de obligada presencia en todos los edificios de la empresa, ¡¡¡y no desistiremos de la lucha!!!

 

jueves, 13 de junio de 2013

Huelga indefinida en Grecia

RT @SoyPublica: GRECIA: docentes en huelga indefinida pese a las amenazas de cárcel http://t.co/wI7haREtFt -- profeflautes (@profeflautes) -- Konecta BTO (@cgtkonectabto)