AUTOGESTIÓN Y APOYO MUTUO

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SI NOS TOCAN A UNO NOS TOCAN A TODOS

viernes, 10 de enero de 2014

COMUNICADO DE CGT CONTRA LA REFORMA DE LA LEY DEL ABORTO

EN DEFENSA DEL DERECHO  A DECIDIR DE LA MUJER
SOBRE SU CUERPO Y SU MATERNIDAD

POR LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO



            La reforma de la ley del aborto del ministro de justicia Gallardón elimina el derecho logrado por las mujeres a abortar en la sanidad pública en las primeras 14 semanas y hará, a niveles prácticos, imposible abortar en España.
En la situación de crisis económica actual, especialmente entre las mujeres, la nueva ley provocará abortos clandestinos, por tanto, se incrementará el riesgo de muertes de mujeres.

            El viernes 20 de diciembre de 2013,  el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la reforma de la ley del aborto propuesta por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, obedeciendo los dictámenes de la Conferencia Episcopal de la Iglesia católica y aboliendo el derecho de las mujeres a decidir sobre la interrupción de su embarazo.

            Tras el proceso de informes y debate Parlamentario, la Ley entrará en vigor en el plazo de un año. Desde la CGT, continuaremos luchando codo con codo con plataformas feministas,  movimientos, colectivos, asambleas de mujeres... para que este atentado reaccionario que supone esta reforma no llegue a perpetrarse, seguiremos luchando contra este abuso de poder, contra esta  dictadura parlamentaria, contra esta sumisión de la sociedad civil a una trasnochada iglesia y un gobierno retrógrado.

            El nombre de esta nueva ley no es gratuito. La Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, como su nombre indica antepone los derechos del feto a los de la mujer y representa el mayor atentado contra la dignidad de las mujeres, contra su lucha por la igualdad, de los últimos treinta años, al negarles su capacidad de decidir.

            ¿Qué novedades presenta esta reforma de la ley del aborto?

            La primera es ideológica. La interrupción del embarazo deja de ser un derecho de la mujer en las primeras 14 semanas, como sucedía con la ley anterior de 2010 y vuelve a ser un delito, un delito que se despenaliza en sólo dos supuestos y con mayores restricciones para acogerse a ellos.

            Los dos únicos supuestos son: violación (alegable en las primeras 12 semanas) y “grave peligro para la vida o la salud física o psíquica” de la mujer (alegable en las primeras 22 semanas).  Este peligro será dictaminado por especialistas en medicina pero con restricciones mayores que las contempladas en la Ley de Supuestos de 1985 y con un burocratizado proceso.

            Por el contrario, la presencia de malformaciones fetales gravísimas o enfermedades del feto no serán motivo legal de aborto, aunque sí lo será el efecto psicológico que eso tenga en la embarazada. ¿Quién dictaminará este efecto psicológico? Este supuesto de efecto psicológico se podrá alegar pero con un procedimiento más exigente, más complicado y más largo que el actual.

            Para acreditar el grave efecto psicológico sobre la mujer, se precisará un informe de dos médicos (antes era uno) y ajenos a la clínica en la que tendría lugar el aborto, no pudiendo ser quienes vayan a practicarlo (como en la ley actual)  ni trabajen en el mismo centro hospitalario (esta es la novedad).  

            Se amplía el plazo de reflexión de tres a siete días para que la mujer sea informada sobre el aborto y sus consecuencias y decida abortar. 

            Se vuelve a que las menores de edad con 16-17 años precisen el permiso de su familia para poder abortar. En caso de discrepancia, será un juzgado, en un plazo de 15 días, quien determine a  quién da la razón.

            Si antes el derecho a la objeción de conciencia era sólo para el o la médico que iba a practicar el aborto, con esta reforma, la objeción de conciencia se generaliza y amplia a todas y todos  los posibles profesionales sanitarios que participen, colaboren o cuyo trabajo sea preciso para realizar un aborto, como el personal administrativo, celador, auxiliar, personal de quirófano.

            El aborto fuera de los supuestos legales, es un delito pero a quien se castiga será al profesional médico y no a la mujer (hasta tres años de cárcel y hasta seis de inhabilitación, como ahora) ya que nuestro heroico caballero, paternalista y machista ministro Gallardón, como garante protector de la débil mujer; considera a la mujer como menor de edad, considera a la mujer como  una víctima del aborto


            Finalmente, esta concepción de la ley del aborto, hace innecesarios, acaba, con todas las medidas y políticas sociales como la educación sexual y afectiva, el fomento del acceso a los métodos anticonceptivos, los programas de planificación familiar, de formación para la juventud.

            Desde CGT consideramos que sin respeto a los derechos de la mujer, se genera una violencia institucional que se generaliza entre toda la sociedad y desplaza a la mujer a una situación de inferioridad, sumisión y desigualdad que perpetuarán el patriarcado y la violencia machista.

ABORTAR ES UN DERECHO, NO UNA OBLIGACIÓN
NOSOTRAS PARIMOS, NOSOTRAS DECIDIMOS
POR EL ABORTO LIBRE Y GRATUITO


Secretaria de la Mujer.

Secretariado Permanente. Comité Confederal de CGT 

lunes, 9 de diciembre de 2013

TU DERECHO A EXCEDENCIA


EXCEDENCIA POR CUIDADO DE MENOR DE TRES AÑOS. Excedencia por cuidado de menor de tres años. Se da el caso de una trabajadora que solicita dicha excedencia, cuando se incorpora a su puesto de trabajo, se encuentra con la situación siguiente, la Seguridad Social, le comunica, que ha sido dada de alta en la misma, dos días después, de la fecha de la finalización del período de excedencia.
 

La trabajadora solicita, sea rectificado el error,  la empresa, le indica que esos dos días se le van a retribuir, como variable en la nómina.

La trabajadora, solicita le sea comunicado por escrito la respuesta de la Seguridad Social, indicando por qué no se puede corregir dicho error, la empresa verbalmente le comunica que no puede.

 

EXCEDENCIA ESPECIAL. Cuando un trabajador solicita una excedencia especial para unir a un período de vacaciones, la empresa le obliga a incorporarse de modo inmediato, a su puesto de trabajo, por ejemplo trabajador que está dos semanas de excedencia especial según la empresa tendría que incorporarse al menos un día, para poder disfrutar dos semanas de vacaciones, independiente de donde se encuentre el trabajador/a.

En esta excedencia especial, no hay un número mínimo de días ( máximo 30 ) se produce el caso de un trabajadores que solicitando por ejemplo un período de tres, cuatro días de excedencia, si la incorporación coincide con su día o días de libranza, se le descuentan esos días  como si estuviera aún de excedencia.



TIEMPOS ENTRE LLAMADAS Y LLAMADAS


En los departamentos de telemarketing de recepción dellamadas, la saturación de llamadas, especialmente en los momentos puntas y en los días de más impacto, es una cuestión que puede ocasionar graves consecuencias para la salud. En los departamentos de Retención, tanto de seguros y de tarjetas, y en el departamento de Activación, todos los años la ambulancia tiene que hacer una visita a los trabajadores por culpa de la presión a la que se encuentran sometidos los trabajadores.


 

La sección sindical de CGT opina que sería absolutamente necesario la existencia de al menos 23/35 segundos entre llamada y llamada en todos los departamentos de telemarketing, desde recepción a emisión, automática o de cualquier otra índole, dado que es una forma con la empresa explota descaradamente a los trabajadores.

Si observáis que sufris vosotros o algún compañero algún tipo de dolencia médica por este motivo, por favor informad a la sección sindical de CGT para que podamos ayudaros, y si es necesario denunciar el incumplimiento por parte de la empresa delos tiempos entre llamadas

¡¡¡¡¡ DESFIBRILADOR Y TENSIOMETRO YA!!!!!



Después de la recogida de firmas que hizo CGT para la incorporación de desfibriladores, tensiómetros médico de empresa tensiómetros, o al menos aunque fuera solamente tensiómetros, en las diversas instalaciones de KONECTA BTO, en las últimas reuniones de los delegados de CGT del Comité de Seguridad y Salud con Elena Gaitón, responsable del Departamento de Prevención de la empresa, ha expresado que ha trasladado la petición a instancias superiores de la empresa, para la valoración de la viabilidad económica.

En cualquier caso Elena Gaitón ha expresado en reiteradas ocasiones sus reticencias, al igual que el propio director de Relaciones Laborales, Jaime Castel, señalando  dificultades técnicas, a lo que desde la sección sindical de CGT sospechamos que en realidad la empresa no hace más que darnos largas para dar olvidar el tema y que le demos carpetazo, a una cuestión de sensibilidad pública por cuanto un simple problema coronario que podría tener, de  atenderse debidamente a tiempo, hoy en día tiene fácil solución de disponerse de los recursos técnicos y médicos adecuados.

 Compañeros y Compañeras, la empresa está jugando con nuestra salud, por nuestra parte de la sección sindical de CGT pensamos que la existencia de desfibriladores, personal médico, o al menos aunque fuera sólo tensiómetros, deberían ser recursos de obligada presencia en todos los edificios de la empresa, ¡¡¡y no desistiremos de la lucha!!!

 

jueves, 13 de junio de 2013

Huelga indefinida en Grecia

RT @SoyPublica: GRECIA: docentes en huelga indefinida pese a las amenazas de cárcel http://t.co/wI7haREtFt -- profeflautes (@profeflautes) -- Konecta BTO (@cgtkonectabto)

jueves, 13 de diciembre de 2012

TeleTech responderá ante la Audiencia Nacional

La Confederación General del Trabajo (CGT) informa de que el próximo lunes 17 de diciembre se celebrará en la Audiencia Nacional el juicio por la impugnación del expediente de regulación de empleo, presentado el pasado 16 de julio por la empresa TeleTech, y que supuso la desaparición de 1.500 puestos de trabajo. CGT recuerda que TeleTech es una corporación internacional que cotiza en la bolsa americana y que cuenta con cuarenta y cinco mil trabajadores en todo el mundo. Esta empresa, que tuvo más de 1.179 millones de dolares de facturación en 2.011 decidió, por que quiso, cerrar su actividad en España, manteniendo con las empresas aquí creadas por su grupo únicamente los contratos de trabajo en Costa Rica.
Es decir, de las tres empresas con las que este holding operaba en el estado español, despidió a la totalidad de la plantilla de dos de las empresas, que daban trabajo a más de 1500 personas en España (TeleTech Customer Services Spain, S.L.U y TeleTech Spain At Home Services, S.L.U.), y, a la vez, mantuvo los miles de puestos de trabajo en Costa Rica de TeleTech Global Services Spain,S.L.U. CGT informa de que TeleTech decidió por ello unilateralmente rescindir el contrato que le unía con Telefónica e igualmente de forma unilateral decidió no optar a la renovación del contrato que le unía con Vodafone en España, colocándose por propia voluntad en esa situación. Sin embargo, si mantuvo el contrato mercantil con Vodafone en Costa Rica.
 
 

Para CGT no hay lugar a las causas de despido colectivo previstas en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, ya que su alegada disminución de actividad, ingresos y concurrente de beneficios son una circunstancia causada por la voluntad de dirección de la empresa. Es importante señalar que esta multinacional cerró con beneficios las cuentas de 2011 y que, en el período de consultas, se negó a facilitar, como es preceptivo, el contrato que le unía con Vodafone y la documentación que acreditaba su finalización. CGT considera que en este ERE hubo total ausencia de buena fe por parte de la empresa en el periodo de consultas y, por tanto, debe ser declarado nulo.

Además, concurre, en el acuerdo alcanzado con CCOO y UGT, una vulneración de derecho fundamental ya que el pacto acordó condiciones distintas para los trabajadores en función de su tipo de contrato (indefinido o de obra y servicio) y según el lugar de prestación de los servicios. Mientras los COMUNICADO DE PRENSA.

El 17 de Diciembre TeleTech responderá ante la Audiencia Nacional trabajadores con contrato de obra y servicio de Madrid percibieron una indemnización de 35 días por año trabajado sin tope, la indemnización de los del resto del estado fue de 21 días.Una discriminación que no responde a causa objetiva y que es contraria al artículo 14 de la Constitución Española. CGT considera que esta empresa del sector del telemárketing, muy acostumbrada a la desregulación del mercado laboral estadounidense, puso de manifiesto en este ERE su total desprecio a los derechos laborales que protegen mínimamente a la clase trabajadora europea.

Desde CGT denunciamos que si es lamentable que TeleTech actuara sin escrúpulos, vulnerando la legislación y los derechos laborales del Estado español para asegurarse el máximo beneficio en el menor tiempo posible, es todavía más penoso y lamentable el apoyo dado por los sindicatos CCOO y UGT con el acuerdo alcanzado el 14 de agosto y que valida toda esta acción empresarial.

Por todo esto desde CGT hemos impulsado este procedimiento judicial para defender los intereses de los trabajadores y los derechos conculcados, señalando, además, que no hemos sido los únicos ya que CSIF ha interpuesto también demanda contra este ERE ante la Audiencia Nacional.
CGT informa de que defenderá en el acto del juicio que, por lo todo lo señalado, los despidos sean declarados nulos y que se penalice a TeleTech con consecuencias económicas mucho más gravosas que las abonadas hasta ahora. Ante la imposibilidad de readmitir a los trabajadores, y una vez que el cese de la actividad se declare judicialmente, se extinguiría la relación laboral y TeleTech estaría obligada a un mayor período de indemnización (a razón de 45 y 33 días), puesto que se fijaría hasta el momento en que judicialmente se declarase la extinción de los empleos en los procesos individuales, (lo que puede demorarse bastantes meses); y TeleTech estaría obligada además a abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de extinción judicial de los contratos de trabajo.

Además, la empresa tendría que reactivar el alta en la seguridad social de los trabajadores, manteniéndola hasta que fuera extinguida su relación laboral, con la consiguiente obligación de abonar las correspondientes cotizaciones.

CGT informa que convocará una concentración de protesta a las puertas de la Audiencia Nacional el día del juicio para poner en evidencia la injusticia de estos despidos. Será convocada el mismo día 17 de Diciembre desde las 08:30 de la mañana y hasta la finalización del juicio en la calle Goya, nº14 para protestar por este lamentable despido colectivo.

martes, 9 de octubre de 2012

INSPECCIÓN DE TRABAJO EN KONECTA BTO

Durante los meses de julio y agosto de este año, la sección sindical de CGT en Konecta BTO, hemos planteado nueve denuncias ante la Inspección de trabajo por diversas irregularidades que estimamos se vienen dando en la empresa.

El elenco que compone las mismas es amplio y variado. Desde no respetar el tiempo para un cambio de turno ( dándole al trabajador sólo nueve horas para incorporarse a su nueva campaña cuando su turno de trabajo en la campaña de la que provenía finalizaba a las doce de la noche y no comunicárle el traslado a las secciones sindicales ni al comité de empresa ), modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo en la campaña de Santander Consumer, tampoco comunicados , personas que han tenido que realizar cursos fuera de su jornada de trabajo y se les ha hecho trabajar ese mismo día en su turno, sin descontarle las horas del curso, realización de simulacros de incendios que no realizan en todos los centros de trabajo de la empresa, publicación de horarios que la empresa nos entrega con falta de datos ( especialmente en campañas pequeñas ), despidos sin comunicar en la campaña de Banesto en el centro de Mauricio Lejendre, tutela solicitada por parte de la sección de CGT por el número de delegados y afiliados sancionados o despedidos desde que se produjeron las elecciones sindicales el 15 de febrero de 2012, funcionamiento y sustitución de los filtros del aire en la campaña de Recobro en San Romualdo y algunos casos más que tenemos en la recámara.

Para cuando esto sea publicado, ya habremos tenido la reunión con la inspección de trabajo y la empresa y podremos informaros del resultado de las resoluciones que emita el inspector.

Cualquier otra causa que estiméis que debe ser denunciada, poneros en contacto con cualquier delegad@ de la sección sindical para efectuarla a fin de que no se menoscaben nuestros derechos tanto sociales como laborales